COMUNICADO DE LA OMC SOBRE PREVISIÓN SANITARIA

 

Reunida la Comisión del Consejo General de Colegios Médicos de España [Organización Médica Colegial (OMC)], delegada por su Asamblea General para el "seguimiento relacionado con la problemática de Previsión Sanitaria Nacional (PSN), desea dar a conocer el siguiente acuerdo: primero, se ha presentado por los diferentes miembros de la Comisión un amplio estudio previsto en la reunión anterior, con la información detallada de su situación; segundo, procede conocer con detalle el Plan de Viabilidad acordado recientemente por la Dirección General de Seguros; tercero, se aconsejará a todos los Colegios provinciales reuniones con amplia información dirigida a los médicos mutualistas de PSN, relacionada con la intervención y gestiones de la Mutua. Con este propósito se enviará toda clase de documentos, invitando a las Asambleas Informativas a todos los mutualistas; y cuarto, la Comisión Colegial propone continuar desarrollando todas las actuaciones que permitan transmitir un análisis exhaustivo y ponderado sobre la imagen más fiel posible de la situación actual y futura de PSN a todos los mutualistas.

 

EL CONSTITUCIONAL OBLIGA A READMITIR AL INTERINO

 

El Tribunal Constitucional ha puesto coto a la última maniobra perpetrada por la Administración sanitaria para evitar la readmisión de un interino cesado ilegalmente: alegar que la ejecución de la sentencia es imposible por falta de hueco, informó en Diario Médico Carlos Gil. El asunto jurídico trata de un interino que cesó en un centro del Servicio Valenciano de Salud (Servasa), pero su cese fue anulado por los tribunales. Es doctrina más que consolidada que cuando se condena a la readmisión de un interino, el que ha sido contratado en su puesto debe abandonarlo para que retorne el ilícitamente despedido.

Para ejecutar la readmisión de este médico, el Servasa cesó a un interino que no ocupaba el puesto que había desempeñado el primero, sino otro absolutamente ajeno al que había sido objeto de litigio. Naturalmente este segundo médico cesado también impugnó su cese y logró que tanto el juzgado de primera instancia como la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valencia declarasen nulo su cese y condenasen al Servasa a readmitirlo. Llegado el momento de la readmisión, el Servasa alegó que la ejecución de la sentencia era imposible, pues carecía de puesto vacante ya que el desempeñado por el segundo cesado lo había ocupado el primer litigante, en virtud de una readmisión judicial.

El Tribunal Constitucional ha condenado a la readmisión definitiva de un interino basándose en el principio de seguridad jurídica, que lleva a no poder modificar el contenido de una sentencia en fase de ejecución. En este caso, no se podía modificar una resolución judicial firme que imponía la readmisión. Sin embargo, esto no significa que el más alto órgano jurisdiccional del país avale incondicionalmente la vuelta del interino a su puesto cuando el cese es ilícito. En sus fundamentos de derecho entiende que si bien en fase de ejecución no cabía acoger los razonamientos del Servasa, sí se pudieron haber estudiado -y, en su caso, admitido- en la primera sentencia que se dictó y que juzgó propiamente la ilicitud del cese. "Todo ello (la imposibilidad de ejecutar una readmisión y la violación de los principios de acceso a la Administración pública en tal caso) podía haberse considerado en la sentencia dictada en suplicación, máxime tratándose de una excepción a la aplicación de las consecuencias legales del despido nulo y de una cuestión que, como se desprende de la doctrina de los tribunales ordinarios, resulta controvertida y, en general, contraria a la jurisprudencia del Tribunal Supremo".

 

LA OMC ADVIERTE QUE EL SEGURO DEL INSALUD NO CUBRE LA INHABILITACIÓN PENAL

 

Un informe de la Asesoría Jurídica de la OMC, que corre a cargo del gabinete de Ricardo de Lorenzo, advierte que el seguro del Insalud -adjudicado recientemente- no cubre la inhabilitación profesional. No podía ser de otra forma -señala Carlos Gil- pues se trata de un seguro de responsabilidad civil, pero el dictamen hace hincapié en que la inhabilitación es la pena más habitual en los delitos médicos del nuevo Código Penal. Por esta razón, Ricardo de Lorenzo apunta una solución alternativa. "Entiendo que son asegurables las consecuencias económicas de la pena, mediante un seguro similar al de lucro cesante regulado por la Ley de Contrato de Seguro. Este garantiza la indemnización por la pérdida de los rendimientos económicos que hubiera podido alcanzar en un acto o actividad si no se hubiese producido el siniestro descrito en el contrato".

La OMC valora "positivamente" el nuevo seguro del Insalud, pues estima que "las novedades beneficiosas parecen tener más peso que los aspectos mejorables". El pool de aseguradoras formado por Mapfre, Musini, Winterthur y AGF-Unión y el Fénix se ha convertido con toda probabilidad -sin confirmar en el momento del cierre de esta Redacción- en el virtual asegurador del Insalud, pues la suya fue la única oferta presentada al concurso. El precio de licitación era de 1.590 millones y la oferta de esta alianza ocasional de empresas asciende a 1.545 millones de pesetas. La franquicia desciende del millón de pesetas de la póliza anterior a 500.000 de ahora. El seguro cubrirá reclamaciones por siniestros producidos durante su vigencia que se presenten hasta 3 años después del vencimiento del contrato.

Además, el nuevo seguro "establece la libertad de elección de abogado y procurador" -manifestó Ricardo de Lorenzo- sin que se impongan al médico los designados por la compañía, como ocurría antes. Con todo, la póliza no prevé una cantidad adicional para cubrir los gastos de tal defensa jurídica, a diferencia de lo que hacen los seguros de los servicios autonómicos de salud. El dictamen de la OMC destaca, además, que la póliza valora la aportación por la aseguradora de un "programa de gestión de riesgos que persigue la identificación y valoración del riesgo, y los servicios a prestar para su disminución". Entre las sombras del seguro, de Lorenzo señala que la póliza "es concurrente" con la que el médico suscribe privadamente. Así, ante un siniestro, cada una responderá proporcionalmente, lo que podría provocar que el médico no vea cubierta por completo una indemnización a pesar de tener dos seguros.

 

EL OJO CLÍNICO Y EL TERCER OÍDO

 

Ante la deshumanización de la relación médico-paciente, el académico Santiago Martínez-Fornés entiende que hay que rescatar el diálogo y el buen ojo clínico tan olvidados en la medicina actual, señala Javier Escudero en Diario Médico. "La Medicina se estudia como ciencia y se ejerce como arte. La ciencia es la que trata a la enfermedad; el arte es el tratamiento y trato del doliente". Frente a la Medicina defensiva y burocratizada es preciso cultivar el arte tan olvidado en muchas de las facetas de la vida. Santiago Martínez-Fornés, académico de las reales academias de Medicina de Zaragoza, Palma de Mallorca y de Asturias y León, ha alentado -en la inauguración del curso de prácticas para alumnos de Medicina de la Fundación San Pablo (CEU) en el Hospital de Madrid- la necesidad de cultivar el arte en una medicina despersonalizada.

El académico y endocrinólogo, recuerda que al principio la relación médico-paciente era primordialmente visual, "pero hoy sabemos que la exploración clínica es incompleta si no incluye tomar la medida humana de quien nos consulta. No pocas veces el mejor ojo clínico es un buen oído". Para Martínez-Fornés, que centró su discurso en "El encuentro médico-paciente", el punto de partida en una buena relación entre ambos personajes es el diálogo. "Un médico antipático es siempre un mal profesional, por mucha ciencia y experiencia que acumule. El ejercicio profesional sin diálogo ni libre elección por parte del enfermo y del médico no es medicina", señaló.