SOCIEDADES DE INVERSIÓN INMOBILIARIA DE CAPITAL VARIABLE (SINCAV)

 Vehículo de las inversiones de un colectivo

Durante 1.997 los mercados financieros han dado su visto bueno al esfuerzo de convergencia español hacia los criterios establecidos para entrar a formar parte de la Unión Monetaria Europea en la primera fase, lo que ha desencadenado un proceso de reducción de tipos de interés hasta niveles desconocidos en los últimos años que sugiere realizar una reflexión sobre donde colocar nuestros ahorros de cara a un futuro en el que esta bajada de tipos puede todavía acentuarse.

Juan Suárez de Figueroa (*)

 

Todos somos conscientes de que los depósitos bancarios, las Letras del Tesoro y los Fondos de Dinero (FIAMM), van a aportar poca rentabilidad a nuestros ahorros. Supongamos que en este tipo de inversiones sin riesgo y a las que estamos muy acostumbrados, durante 1998 obtienen una rentabilidad media del 3,5%. Si se descuenta la inflación prevista por el Banco de España (2%), debemos esperar una rentabilidad real próxima al 1,5%. Con esta perspectiva, es comprensible que muchas personas se pregunten por alternativas de inversión que puedan obtener mejor rentabilidad y desde luego estas alternativas existen, pero implican asumir algo de riesgo en las inversiones que se realicen y por tanto es muy recomendable poner en manos de profesionales de los mercados financieros las decisiones necesarias para llevarlas a cabo.

Por tanto, un patrimonio bien diversificado y gestionado que se componga de activos a corto plazo, renta fija, renta variable nacional e internacional y divisas -todo ello en las proporciones que cada uno delimite- es la opción más recomendable para encarar un período en el que la rentabilidad fácil y sin riesgos ya no existe.

Pero haciendo un estudio histórico, se puede comprobar cómo los mercados se mueven de forma cada vez más rápida tanto al alza como a la baja. En otras palabras, es necesario estar continuamente vigilando y reconsiderando las inversiones que se realizan, ya que lo que hoy es un beneficio mañana se puede transformar en pérdida, por lo que es conveniente una gestión "activa" de las inversiones.

 

Otro aspecto, la fiscalidad

Otro aspecto de vital relevancia es la fiscalidad de estas inversiones. Según la legislación vigente relativa a la fiscalidad de las personas físicas, los rendimientos del capital mobiliario (rendimientos de Letras, Bonos, Depósitos, Dividendos percibidos, etc.) incrementan la base imponible y las plusvalías materializadas en un período inferior a un año también. Estas plusvalías alcanzan su mejor tratamiento fiscal cuando proceden de operaciones con una vida superior a los dos años (20%), pero no nos olvidemos de que los mercados cambian muy rápidamente y quizás dos años sea un período demasiado largo.

Por tanto, a la hora de considerar nuestras inversiones debemos combinar una gestión activa y profesionalizada de nuestro patrimonio, con una fiscalidad que no castigue los resultados de esta gestión. ¿Existe algún instrumento financiero que permita combinar ambas cosas? La respuesta es sí y este instrumento se llama Sociedad de Inversión de Capital Variable (SIMCAV). Una SIMCAV es una Institución de Inversión Colectiva, al igual que los Fondos de Inversión y sujeta a la misma normativa que éstos, que se constituye como sociedad anónima y, por tanto, las personas que canalizan sus inversiones mediante una SIMCAV, son accionistas de la misma y no partícipes como en un fondo de inversión. Ello implica que existe un Consejo de Administración de la sociedad que puede trazar las líneas generales de la política de inversión de la SIMCAV y una Junta de Accionistas en la que cada uno de ellos tiene voz y voto. Las principales características de la SIMCAV son:

Primero, capital social mínimo: 400.000.000 de pesetas; segundo, capital social máximo: 10 veces el capital inicial; tercero, número mínimo de accionistas: 100; cuarto, fiscalidad de la sociedad: 1% sobre los resultados obtenidos según la legislación vigente y siempre que cotice en Bolsa. Aquí se encuentra la gran diferencia con respecto a la inversión directa, ya que se pueden aprovechar los movimientos de los mercados financieros en los que invierte y tributar por los resultados obtenidos al 1%, frente al tipo marginal del IRPF con que habría que tributar en caso de realizar las mismas inversiones por una persona física.

 

Solvencia

En quinto lugar, absoluta garantía y solvencia pues las inversiones están limitadas por ley -al igual que los Fondos de Inversión- y está sujeta a controles periódicos por parte de la CNMV, de la Bolsa en la que cotice y del auditor que se designe; sexto, liquidez porque los accionistas de una SIMCAV pueden comprar más acciones o venderlas inmediatamente, ya que la propia SIMCAV actuará de contrapartida para estas operaciones, esto es: ampliará capital de forma automática cuando haya personas que quieran comprar acciones y recomprará acciones cuando haya personas interesadas en venderlas y rescatar su capital.

Séptimo, tienen la posibilidad de invertir en distintos mercados financieros mundiales, en función de las expectativas de alza de los mismos. A diferencia de los Fondos de Inversión, que generalmente deben mantener unos niveles de inversión determinados según el tipo de fondo del que se trate, por ejemplo un fondo de renta variable no puede bajar su inversión en Bolsa de un determinado porcentaje, las SIMCAV pueden invertir en Bolsa un período de tiempo y a continuación si se espera una fase de bajadas, cambiar las inversiones a renta fija, sin más limitaciones que las que la ley establece en materia de coeficientes. Esta práctica, en un plazo medio/largo, reporta mayor rentabilidad.

Octavo, posibilidad de cambiar de Gestora si la Junta de Accionistas no está conforme con la gestión de las inversiones encomendadas a una entidad determinada, puede acordar cancelar el contrato de gestión a esta entidad y contratar esta tarea con otra gestora. Este aspecto representa otra diferencia importante respecto a los Fondos de Inversión, los cuales están permanentemente vinculados a la gestora que los comercializa; noveno, fiscalidad de los titulares de las acciones de la SIMCAV ya que las acciones de ésta se irán revalorizando mediante las inversiones que se realicen con el patrimonio de la sociedad y los accionistas solamente tributarán cuando vendan acciones y pongan de manifiesto plusvalías.

De esta forma y de acuerdo con la legislación vigente, si las acciones se mantienen por un período superior a un año, se aplicarán los coeficientes de corrección monetaria que publica el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado anualmente, para actualizar el coste de adquisición de las mismas según la inflación del período y se considerará incremento de patrimonio irregular, el cual tributa al tipo medio del titular de las acciones. Si las acciones se mantienen por un período superior a los dos años -además de aplicarse los coeficientes de corrección monetaria- las plusvalías tributarán a un tipo fijo del 20%.

Todas estas características hacen de la SIMCAV un instrumento de inversión y ahorro muy propicio para cualquier colectivo, con las ventajas de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, la fiscalidad de estas instituciones y las posibilidades que brinda el hecho de ser accionista asistiendo a la junta y ser representado por el Consejo de Administración de la Sociedad.

 

(*) Director de Gestión de Patrimonios de Lloyds Bank