Carta al Director

 

REFLEXIONES SOBRE LA INOPORTUNIDAD DE UNA CARTA DE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA

 

José-Miguel Juan Togores (*)

 

Sr. Presidente:

Sesenta y dos años de vida y treinta y ocho de soportar, por mi innata propensión a cumplirlos, reglamentos, disposiciones, instrucciones y leyes de mayor o menor fuste han sido sobrepasados. La experiencia de mis años no ha bastado para proporcionarme la carga de entrenamiento y paciencia que permita no sorprenderse ante un documento oficial, por agresivo e inadecuado que resulte.

Hace escasamente una semana llega a mis manos un requerimiento oficial, emitido en septiembre de 1998, pero por circunstancias incomprensibles para cualquiera ha permanecido recorriendo los caminos de las insondables simas de la burocracia durante estos meses, tardando cinco en llegar a su destinatario, este sufrido médico. Su texto contiene una de esas informaciones conminatorias a que tan aficionada es la burocracia española. Por el escrito se me hace saber que debo informar de mi situación laboral privada a la administración (ahora Consejería de Sanidad) para ver si estoy en situación de compatibilidad o si por el contrario estoy ocupando una plaza inadecuadamente, por estar realizando otras actividades extrahospitalarias que me incompatibilicen con el ejercicio de mi función oficial.

Dicho así parece razonable que las autoridades sanitarias quieran conocer la situación de sus asalariados, pero resulta que la citada requisitoria se formula en base a una ley de 1985, y que estaba a medio gestionar desde entonces, reactivándose el proceso cuando las transferencias han hecho que la asistencia sanitaria dé con sus huesos en las oficinas de la Comunidad Autónoma Canaria.

Y me parece una buena oportunidad para recordar la filosofía de la ley y sus consecuencias entre las que se cuenta la investigación que se pretende tener completa con la información objeto de requerimiento en el citado y retrasado documento.

En 1975 comenzaron los concursos-oposición a régimen nacional para proveer plazas en las instituciones de la entonces Seguridad Social, plazas que, hasta el momento, eran adjudicadas a riguroso dedo. No sorprende en absoluto que algunos de los doce mil señalados, en virtud de lo precario de su destino, estuviesen compartiendo sus desvelos con otras instituciones públicas (generalmente Diputaciones o Cabildos) o más o menos privadas con lo que conseguía mantener una posición financiera decente. Pero a partir del año 1975, en que se ocuparon las plazas con contrato que decía claramente "Dedicación Exclusiva", la mayoría de los profesionales nos dedicamos por entero al trabajo en la institución cerrada. En el año 1980 se vino a establecer que sólo se podía detentar una plaza de Estado, o sea que se acabó con el pluriempleo oficial.

 

Condena al ejercicio privado

Pero terció Magdalena, en un tercio que se fundaba en ideologías políticas que condenaban el ejercicio privado, y que tuvo dos consecuencias inmediatas. De una parte divulgar la doctrina de ser el ejercicio privado poco menos que un delito, cuando no una inmoralidad; y de otra, crear un premio monetario para los que, sin hacer más que no lo aceptaron, abrazaran la filosofía de trabajar sólo para el hospital, y se comprometiesen a no realizar ejercicio privado. Mi opinión particular es que aquella disposición fue una compra de lealtades, en la que cayeron por igual necesitados, ingenuos y fanáticos. Los que seguíamos teniendo ejercicio privado éramos mirados como gente indeseable, a la que se trató de excluir de los órganos de gestión, sin tener en cuenta nuestra lealtad a la institución y nuestra dedicación a ella. La situación llegó a su clímax cuando, apoyándose en los criterios indicados, se concedieron plazas jerárquicamente superiores a las personas que habían aceptado la exclusividad, pasando por encima de especialistas más antiguos y perfectamente capacitados, lo que ha constituido una tremenda deslealtad a la Dirección del centro donde esto ha ocurrido hacia sus facultativos.

Fue pasando el tiempo y como los castillos de arena la disposición se derrumbó, tras unos años de denuncia de los otrora ingenuamente defensores del sistema cuando vieron que lo que antes era un salario moderado se venía a convertir en una paga miserable solo aceptable en base a un gran amor por la profesión, a un exceso de guardias de presencia física y la eventualidad de comisiones o de complementos por trabajos de investigación de fármacos, complemento que solía venir de arcas externas. Y para unos pocos, los elegidos por su especial figura, de emolumentos especiales en concepto de cargos administrativos también de señalamiento digital, para puestos considerados "de confianza". Y de forma progresiva, muchos profesionales que seguían cobrando el llamado complemento especial, o algo así, comenzaron hacer trabajos privados, disfrazados muchas veces bajo este o aquel procedimiento.

 

La carta...

La carta que recibo, y a la que contesté puntualmente, explicando cual es mi vida profesional, cuando llevo veinticuatro años haciendo lo mismo, y treinta en la Institución, es --para mí-- una manifestación más de la estupidez humana, que se tranquiliza con un papel, cuando la realidad es otra. Pero el objeto de esta reflexión es también otro. Yo no creo que realizar una actividad privada fuera de las horas de trabajo en la Institución a la que uno presta sus servicios sea en modo alguno contravenir a la exclusividad. Prueba de ello es que muchos hospitales, aquí y fuera de aquí, autorizan la práctica del ejercicio privado en despachos provistos por el propio hospital para ello; cobrando de paso una buena comisión. Y que el propio hospital recibe comisiones por actividades médicas realizadas para otras entidades no incluidas en la Seguridad Social, como seguros libres, etc. Comisiones de las que, por supuesto, los profesionales que han actuado en el caso no suelen ver ni un duro.

Al parecer hay una disposición acerca de las horas que puede trabajar un profesional que no tiene firmada la exclusividad. Aunque no la haya firmado, no puede realizar trabajos que lleven más de un número de horas inferior a la mitad de las que tiene concertada la Institución, que en el momento actual van por las 37,5, pero en un futuro próximo quizás disminuyan, sobre todo si los Sindicatos consiguen que la jornada laboral sea de 35 horas. La conversión del trabajo profesional en horas es una idea más de lo difícil que es sumar peras con manzanas, cuando no de la inconsecuencia del legislador.

A mi la carta en cuestión no me afecta, puesto que estoy dentro de la Ley, pero me molesta tanta estupidez y, sobre todo, el tener que seguir soportando tratos conminatorios, ya que se indica en ella que, de no comunicar sus datos a la Consejería, se informará desfavorablemente para la compatibilidad para el puesto de trabajo. Esta forma de hacer las cosas, me concederá Ud., Sr. Presidente, que para ciertas personas, a las que la edad y la educación ha provisto de una determinada psicología, resultan, cuando menos, impertinentes.

 

(*) Médico especialista en Neurología