En la Asamblea celebrada en Las Palmas de Gran Canaria

 

 

RODRIGO MARTÍN, PRESIDENTE DEL CONSEJO CANARIO DE COLEGIOS MÉDICOS

 

 

El presidente del Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Santa Cruz de Tenerife (COMTF), Rodrigo Martín Hernández, ha resultado elegido primer presidente del recién creado Consejo Canario de Colegios Oficiales de Médicos. Este nuevo ente colegial, que agrupa a los colegios de médicos de las dos provincias, ha sido creado en virtud de la Resolución publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) del pasado 15 de enero, mediante la cual se inscriben en el Registro de Colegios de Canarias los estatutos del Consejo Canario de Colegios Oficiales de Médicos.

 

Redacción

 

Tras la correspondiente asamblea constituyente, que celebraron en Las Palmas de Gran Canaria las Juntas Directivas de los dos colegios provinciales, resultó elegida la nueva Directiva que acompañará al presidente Rodrigo Martín en este nuevo cargo, para regir la Medicina colegial en la Comunidad Autónoma de Canarias. Le acompañarán en la nueva ejecutiva: Marcos Moran, que será el vicepresidente; Pedro Llarena, el secretario general; Juan Fierro Fernández, vicesecretario general; y Casto Viejo Rivero, tesorero-contador. Los dos últimos también pertenecen a la Junta Directiva del COMTF.

Durante el mismo acto se trazaron las líneas de actuación del reiterado organismo, que estarán centradas --básica y fundamentalmente-- en la potenciación y coordinación de la formación continuada de todos los médicos de Canarias. La primera, se crearán en ambas provincias Institutos de Formación Médica Continuada (en el Colegio de Médicos de Tenerife viene funcionando uno desde hace algo más de tres años), que desarrollarán toda la actividad educativa subvencionada por una fundación médica.

La segunda línea de actuación, se centrará en la unificación de las normas deontológicas en ambas provincias; para ello, se mejorará la comunicación entre las Comisiones de Deontología, Derecho y Visado Médico de los dos colegios provinciales, para coordinar sus criterios de actuación en todo el Archipiélago. También, se trataron otros asuntos como la coordinación de los procesos administrativos e informáticos, y se establecieron una serie de fechas para reuniones en donde se tratarán los principales problemas que afectan al colectivo médico de Canarias. Tendrán preferencia en este apartado los problemas laborales y los procesos de traslado y concurso-oposición puestos en marcha por el Servicio Canario de Salud.

 

Finalidades y funciones del Consejo

El Consejo Canario de Colegios Médicos es un organismo que agrupa, coordina y representa a los colegios que lo integran; asume en el ámbito de su jurisdicción la ordenación del ejercicio de la Medicina y de la profesión médica, la conservación de los valores éticos y las competencias que de manera expresa le deleguen las Administraciones Públicas de Canarias. Además, le corresponden las funciones que seguidamente se detallan.

Representar a la profesión en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y ante el Consejo General de Colegios Médicos; participar en los Consejos u Organismos consultivos de la Administración Autonómica en materias de salud y asistencia sanitaria; estar representado en los Patronatos Universitarios. Participar en la elaboración de los planes de estudio e informar las normas de organización de los centros docentes de los futuros profesionales de la Medicina, mantener permanente contacto con los mismos y preparar la información necesaria para facilitar el acceso a la vida profesional de los futuros colegiados; informar, con carácter preceptivo, los proyectos normativos de la Comunidad Autónoma relativos a sanidad.

También, informar previamente las resoluciones que dicte el Gobierno de Canarias en los casos de fusión, absorción, segregación o disolución que afecten a los actuales Colegios Oficiales de Médicos que integran este Consejo; resolver los conflictos que se susciten entre los dos Colegios de Médicos provinciales; solucionar los recursos ordinarios que se interpongan contra los actos de los órganos de gobierno de los Colegios Médicos provinciales; ejercer las funciones disciplinarias sobre los miembros de las Juntas Directivas de los dos Colegios provinciales; velar que la actividad de ambos Colegios Médicos provinciales se dirija a la satisfacción de los intereses generales de la sociedad; realizar cuantas actividades se consideren de interés para los médicos.

Determinar, bajo el principio de reciprocidad, los requisitos que han de cumplir los colegiados para el ejercicio de la profesión en otro Colegio de Médicos de Canarias, distinto al suyo; coordinar la Representación Nacional de las Secciones Colegiales de las Juntas Directivas provinciales en la Junta Central de las mismas; ejercer cuantas funciones le sean delegadas por las Administraciones Públicas de Canarias o las que sea objeto de convenios de colaboración con las mismas; ser informado de la celebración de elecciones para las Juntas Directivas de los Colegios miembros y resolver los recursos ordinarios que puedan formularse; ratificar los Estatutos que aprueben los Colegios provinciales, así como sus modificaciones; y otras atribuciones que le atribuyan las Leyes.

Los mandatos serán por periodos de dos años y de forma alternativa, cada uno de los dos Colegios provinciales ostentarán los distintos cargos de la Junta, debiendo coincidir en uno la Presidencia, la Vicesecretaría y la Tesorería y en el otro el resto de los cargos.

 

<Pie de foto> Los integrantes del Consejo Canario de Colegios Médicos. El presidente, Rodrigo Martín, el ........... por la izda./dcha.