Bases
de Bolsas de Ayudas a Formación
- Médicos Residentes
- Nº de bolsas de ayuda a formación para asistencia
a eventos científicos: 40 x 150 = 6000 euros.
- Médicos Residentes que realicen su formación
de especialista en la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
- Médicos Residentes que presenten comunicaciones a congresos,
- Deben figurar como 1º autor.
- El mismo médico no puede recibir más de dos ayudas
por año. Se concederá una segunda bolsa
a un mismo médico siempre que entre los solicitantes
no haya ninguno que no la haya recibido
antes en cuyo caso éste tendrá prioridad.
- La solicitud se presentará en el trimestre en que se
celebre el evento científico.
- Se establece un orden de prioridad para conceder la ayuda entre
todas las recibidas según
el carácter del evento:
- Internacional
> Nacional> Regional>Provincial
- Las ayudas se concederán por una comisión de
la Junta Directiva entre las solicitudes presentadas.
- Los solicitantes deben estar al corriente del pago de las cuotas
colegiales.
-
- - Para solicitar la ayuda
se hará en formulario específico al que hay que
adjuntar:
-
Copia del certificado de haber presentado la comunicación
o en su defecto,
cualquier
documento que lo justifique.
-
Copia de la comunicación.
- -
Fotocopia de la inscripción al evento o diploma de asistencia..
- - El importe de la
beca se recogerá en la Fiesta anual de despedida de los
Residentes a celebrar habitualmente antes del verano en la sede
del Colegio Oficial de Médicos. Es obligatorio que el
destinatario recoja personalmente la beca, salvo motivo suficientemente
justificado.
Pulse
aqui para descargar el formulario de BOLSAS DE AYUDAS
- Bases
subvenciones a Médicos en Desempleo
- Cualquier médico
colegiado en situación de desempleo podrá solicitar
la subvención a la matrícula de los cursos organizados
por el Instituto de Formación Médica Continuada
a cargo a del Colegio Oficial de Médicos de Santa Cruz
de Tenerife según las siguientes bases:
-
- 1. - Estar colegiado en el Colegio Oficial
de Médicos de Santa Cruz de Tenerife y al corriente en
el pago de la cuota
colegial en el momento de realizarse el curso.
-
- 2. - Figurar inscrito en la Bolsa de
Empleo del Colegio Oficial de Médicos.
-
- 3. - Se podrán solicitar subvenciones
hasta un máximo de diez por curso. Se asignarán
por riguroso
orden de inscripción. En
caso de haber un número mayor de solicitudes será
la Junta Directiva,
y en su defecto el Director del
Instituto de Formación Médica Continuada, quien
decida la
ampliación del cupo
de subvenciones. Cada subvención cubre el 50% del total
de la matrícula.
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- 4. - La solicitud para acogerse a esta
subvención se realizará en el momento de formalizar
la
inscripción en la
secretaria del Instituto de Formación Médica Continuada.
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