FORMACION PEDIATRICA ESPECIALIZADA

UNA VISION PERSONAL DE FUTURO.

 

 

Sesión Controversia:

 

 “FORMACION PEDIATRICA: GENERAL VERSUS SUBESPECIALIZADA”

 

Adolf Valls i Soler

 

Profesor Titular de Pediatría

Jefe Clínico Unidad Neonatal

Departamento de Pediatría

Hospital de Cruces

Facultad de Medicina Universidad del País Vasco /E.H.U.

Plaza Cruces s/n.

Telef. 94 600 6394

Fax. 94 600 6044

E-milio: enadolf@retemail.es

 

 

 


INTRODUCCIÓN

 

Cuando el Profesor Juan Brines, moderador de esta sesión, me propuso tratar el tema de la formación especializada en Pediatría, en controversia con el Prof. Manuel Crespo, que aportaría la formación del pediatra generalista, mi primera reacción fue agradecer pero declinar la oferta por varios motivos. En primer lugar, por no creer que exista realmente tal controversia. Los pediatras generalistas aceptan la existencia de los sub- o supra-especialistas, y estos, antes que subespecialistas se consideran pediatras, y por ello deben formarse como tales. En segundo lugar, no creo que sea posible establecer esta controversia, de existir realmente, precisamente con el Prof. Crespo. Sin duda él, desde la Presidencia de la Comisión Nacional de Pediatría (CNP) del Consejo Nacional de Especialidades médicas (CNE), es uno de los máximos defensores, por no decir el principal artífice del próximo reconocimiento de las subespecialidad pediátrica, entre las que puede estar la Neonatología. En ultimo lugar otros podrían hacerlo con mejor conocimiento que yo; debiendo citar entre ellos, a los que mejor conozco como neonatólogo,  los Profesores.  Manuel Moya y Eduardo Doménech, ex-presidentes de la Asociación Española de Pediatría (AEP)  y de la Sociedad Española de Neonatología (SEN), respectivamente; sin olvidar al Dr. Salvador Salcedo, coordinador de la Comisión de Acreditación de esta última sociedad.

 

Sin embargo, a pesar de estas consideraciones decidí aceptar. Esta decisión se basó en la idea de aportar una visión personal; quizás algo heterodoxa, pero no exenta de cierta originalidad. Esta visión tiene como antecedente ya lejano, una experiencia personal de formación especializada fuera de nuestro país. En 1968, después tras finalizar la Licenciatura de Medicina en la Facultad de Medicina de la Universidad de Barcelona, cursar dos años de formación en la Escuela Profesional de la Cátedra de Pediatría y  obtener el título de Pediatra, me trasladé a los EE.UU. Allí realicé los tres de residencia en Pediatría y dos años de formación (“fellowship”) en Neonatología.  Posteriormente, obtuve las titulaciones (“Boards”) de Pediatría y de Neonatología y Medicina Perinatal del “American Board of Pediatrics” de la “American Academy of Pediatrics”.

 

Pretendo además, que esta visión personal de futuro, no esté limitada ni encorsetada de antemano por el actual marco legal, ni por lo que al parecer va a establecerse en un próximo futuro, según la propuesta de decreto del Ministerio de Sanidad. Por otra parte, estas ideas personales han sido contrastadas, valorando las aportaciones de las diferentes Secciones de subespecialidades de la EAP y de las Sociedades federadas con ella. Además, he recogido también la opinión de los Médicos Internos y Residentes (MIR) y del personal de la plantilla de subespecialistas pediátricos del Departamento de Pediatría del hospital de Cruces.

 

 

ANTECEDENTES DE LA FORMACIÓN ESPECIALIZADA EN NUESTRO PAÍS

 

Debemos recordar, que la moderna formación pediátrica y el nacimiento de las subespecialidades pediátricas en nuestro país se originaron a partir de la apertura de los Hospitales Infantiles  de la Seguridad Social  de la “La Paz” en Madrid en 1965, y de la “Vall’Hebró” en Barcelona en 1967. Hasta entonces, la formación pediátrica se realizaba en las Escuelas Profesionales, de las Cátedras de Pediatría de los Hospitales Clínicos. En estos dos nuevos hospitales, y en otros inaugurados en los siguientes años, bien dotados económica y tecnológicamente, se formaron de facto, los primeros subespecialistas pediátricos, que en gran medida constituyen las actuales plantillas de los hospitales docentes del país.

 

Como antecedente de la formación especializada, recordamos la creación de la Asociación de Pediatras Españoles en 1949;  dónde aparece en 1962 como primera Sección, la cirugía infantil. Posteriormente, fueron fundándose otras, hasta completar las actuales Secciones y Sociedades federadas a la AEP. En los años sesenta se constituyeron las correspondientes a Cardiología, Neurología y Neonatología, en los años 70 la mayoría de ellas, y más recientemente las de Adolescencia, Reumatología, Urgencias y finalmente la de errores Innatos del Metabolismo.

En 1984 (Real Decreto 127/84, B.O.E. 31701/84), se creó el CNE, órgano asesor de los Ministerios de Educación y Sanidad con relación a la formación médica especializada. Entre sus funciones está informar sobre la creación de las llamadas áreas de capacitación específicas (ACE), dentro de las especialidades reconocidas. En 1995, el CNE finalmente aceptó las reiteradas solicitudes de la comisión Nacional de Pediatría y sus Areas Específicas, para el desarrollo de estas áreas. Se definieron las ACP como “conjunto de conocimiento añadidos en profundidad y/o en extensión a los recibidos en el período de formación como especialista y desarrollado sobre una parte del contenido de una o más especialidades, en que ya exista interés asistencial y científico suficiente y una dedicación significativa de un grupo de especialistas”.

 

Se definieron las doce condiciones que debían cumplir estas ACE, con relación a los conocimientos y habilidades con aplicación asistencial. En junio de 1989, el CNE aprobó un borrador de Real Decreto que establecía el marco jurídico para esta nueva formación especializada. La Pediatría no era reconocida como especialidad troncal, pero se exigía la realización de una residencia de 4 años y la obtención del título de Pediatría, para poder acceder a una de las doce “subespecialidades” propuestas por la CNP. El período de formación específica en todas ellas sería de 2 años. Unos años después, en 1994, la CNP redujo el número de subespecialidades a ocho. Entonces se especificó que la formación especializada se realizaría en los dos últimos años de residencia (4º y 5º años) sólo en Unidades docentes acreditadas y reconocidas por la CNE. Finalizado el período de formación y después de superar las pruebas finales, daría derecho a que en su Título de pediatría, figurara la denominación de “Acreditado en el Area Específica de...”.

 

Sin embargo, después de 11 años, el decreto no ha sido aún aprobado; en parte por la dificultad de definir en todas ellas las vías de acceso y por divergencias con otras comisiones de especialidades de la medicina del adulto. Además, la AEP si bien no se opone a la posibilidad de acceder a una subespecialidad pediátrica desde una especialidad diferente a la Pediatría. Sin embargo, de hecho sus estatutos le impiden reconocer como subespecialista pediátrico, a quién no sea pediatra.

 

En la Reunión de Presidentes de Secciones/Sociedades Especializadas de la AEP Acta 1/93, 27/03/93), se apruebaron las condiciones necesarias para recibir una acreditación en una de las 14 subespecialidades pediátricas propuestas. Dichas condiciones fueron aprobadas posteriormente por la Asamblea General de la AEP en su XXXIV Reunión Anual, celebrada en Murcia (10/10/93).  Podían solicitarla los miembros de la AEP, que fueran a la vez miembros numerarios de la Sección/Sociedad correspondiente con una antigüedad mínima de 5 años. Además debía realizar o haber realizado en una Unidad acreditada, tener un C.V. con más de 3 años de actividades asistenciales, docentes y de investigación en la especialidad. Posteriormente, las candidaturas aprobadas por las diferentes secciones/Sociedades y remitidas a al AEP, serían presentadas a la CNE para que se recomendara su acreditación con la emisión del correspondiente título oficial.

 

La Neonatología ha sido la primera subespecialidad pediátrica aprobada por la CNE (Acta Pleno 27/06/97), seguramente por ser de tipo “horizontal” y no generar conflicto de intereses con otras especialidades del adulto. Por ello, se resumen las condiciones de acceso y formación propuestas por la Comisión de Acreditación de la SEN. Además, parece que será una de las primeras que apruebe el Ministerio de Sanidad, que ha iniciado por fin los trámites, enviando un borrador de decreto a la Comisión Permanente de la CNE. En el decreto se definen las subespecialidades, la manera de acceder a ellas y se regulan las cinco primeras; Enfermeades Infecciosas, Foniatría, Urgencias con relación a la Medicina del adulto, y la Neonatología y Psiquiatría Infantil, en el ámbito pediátrico. Para acceder a la primera deberá hacerse necesariamente desde la Pediatría, y para la última Pediatría o Psiquiatría.

 

Los puntos flacos del borrador pueden ser la exigencia de ejercer un mínimo de 3 años antes de acceder a la formación especializada, y que la formación no sea un requisito para ejercer la especialidad, sino sólo un mérito. Se propone una financiación mixta vía MIR con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, becas o ayudas de organismos públicos o privados, o por comisión de servicios o fórmulas similares.

 

La Comisión de Acreditación de la SEN, el 29/08/1996 redactó una Memoria para solicitar la creación del ACE de Neonatología.  En ella se confirma que la única vía de acceso debe ser la Pediatría, se detalla el programa formativo teórico-práctico, el sistema de evaluación. Se señalan además los requisitos de acreditación de las Unidades Neonatales y se hace un cálculo aproximado de las necesidades anuales de formación.

 

Se proponen dos puntos de acceso, al finalizare el cuarto año de residencia de Pediatría, o al acabar el tercero, siempre que la Comisión de Docencia lo autorice. El período de formación sería de 24 meses, si bien se acepta una convalidación de un máximo de 12 meses, de los cuales al menos 6 serán los correspondientes al período de rotación voluntaria en los 4 años de formación MIR, siempre y cuando se hayan realizado en una Unidad acreditada. Además, se especifica que el sistema de acceso se inicia con el envío de solicitudes a la CNE, que las ordenará de acuerdo a la puntuación obtenida en el examen MIR, teniendo en cuenta el informe de la Comisión de Docencia del Centro dónde haya realizado la residencia de Pediatría y su C.V. Se concede preferencia para seguir en el mismo Centro donde a realizaron el MIR de Pediatría, siempre que lo soliciten y existan vacantes.

 

En el caso de que el primer años de Neonatología se realice coincidiendo con el cuarto año del MIR de Pediatría, se otorgará el título de especialista en Pediatría, y al acabar el segundo el de pediatra con acreditación en Neonatología. Así que se recomienda que en todos los casos se acceda a la titulación una vez finalizado el período de formación Neonatológico, y previo estudio del informe del Comité de Docencia del Centro. Entonces, la CNE solicitará la expedición del título de Pediatra con acreditación en Neonatología. Se prevé también un sistema transitorio de acceso para el reconocimiento de los pediatras que estén desarrollando su actividad específicamente en Neonatología actualmente, así como el acceso de los médicos pediatras españoles formados en Neonatología en el extranjero.

 

 

FORMACION PEDIATRICA ESPECIALIZADA EN OTROS PAISES

 

Formación pediátrica en otros países europeos.

 

El preámbulo del Tratado de Roma, antecedente de la Unión Europea (UE), establece el libre intercambio de personas, servicios, mercancías y capitales entre los países miembros. En el campo médico, el libre intercambio de personas y servicios presupone el mutuo reconocimiento de las titulaciones médicas básicas y especializadas (directivas 93/16/EEC, 5-5-93). La homologación de períodos formativos y titulaciones, establece un mínimo de 6 años de formación teorico-práctica a tiempo completo, en hospitales docentes asociados a universidades. Además, debe garantizarse que la persona en formación se involucre directamente en actividades  y responsabilidades relacionadas con la especialidad de que se trate. Establece también diversos órganos nacionales y supranacionales que propondrán y controlarán las condiciones de entrada, duración y contenidos del período formativo, así como la calidad de esta formación y de los individuos formados, titulación.

 

Con relación a la Pediatría y sus áreas específicas, la situación en Europa no es del todo homogénea. Sin embargo, en este momento, existen programas de formación y acreditación en Neonatología en la mayoría de países europeos. Lo tienen desarrollado Alemania, Bélgica, Croacia, Eslovaquia, Finlandia, Francia, Holanda, Hungría, Italia, Lituania, Macedonia, Polonia, Reino Unido, República Checa, Suecia y Suiza.

 

En cuanto a la Neonatología, el primer movimiento fue la realización de una encuesta en el ámbito europeo, liderada por el Prof. Michael Oblanden, del hospital Charité de Berlín, y publicada en 1997. Luego, el Grupo de Trabajo en Neonatología de la Sociedad Europea de Investigaciones Pediátricas (ESPR), planteó un documento para la formación neonatológica, Se pretende que en todos los piases de la UE exista un plan de formación y unos requerimientos equivalente, sino comunes para conseguir la acreditación en Neonatología.

El Grupo de Trabajo de la ESPR planteó la necesidad de un período de formación total de al menos de 6 años, 3 años para la formación en general en pediatría, y otros 3 para la formación neonatal; si bien uno de los años de formación podría ser cursado en el último año de la formación general, en cao de que esta haya durado cuatro años o más. Esta normativa fue aceptada e integrada  el European Board of Pediatrics el 14/12/96; por lo que cualquier planteaminento propio de nuestro país, debería adaptarse a ella.

 

 

Formación pediátrica en los EE.UU. y Canadá.

 

Por otra parte, en los EE.UU. y Canadá, el sistema de formación postgraduada y de acreditación en Pediatría y sus especialidades, tiene más de treinta años de antigüedad. Por ello, es un sistema muy versátil, que permite adaptarlo a las necesidades y requerimientos de cada candidato; todo ello salvaguardando la calidad global de su formación. Debe recordase que el sistema está basado en acreditaciones y certificaciones dadas por agencias profesionales no gubernamentales, algo que desde aquí parece inaudito. Actualmente, la formación del pediatra generalista requiere un total de tres años de residencia en centros acreditados. En circunstanciadas determinadas y excepcionales, existe una vía alternativa que puede limitar los años necesarios a sólo dos. Optativamente, puede incluir también un cuarto año, para aquellos que ocupen la posición de “jefe de residentes”. Además, el sistema está tan desarrollado, que ofrece programas combinados de Pediatría con Medicina general, Medicina de urgencia, Genética Médica, Rehabilitación, Neurología y Psiquiatría.

 

La formación y acreditación en las subespecialidades se inició hace también más de 30 años, con la implantación de la Psiquiatría y Neurología Infantil. Posteriormente, se han ido incluyendo otras disciplinas, cuyo núcleo central es la formación pediátrica. Actualmente, estas subespecialidades pediátricas son las doce siguientes: Cardiología pediátrica, Endocrinología pediátrica, Gastroenterología pediátrica, Hematología-Oncología pediátrica, Infectología pediátrica, Medicina del adolescente, Medicina Intensiva pediátrica, Medicina de urgencias pediátricas, Neonatología-Medicina Perinatal, así como Nefrologia pediátrica, Neumología pediátrica y Reaumatología pediátrica.

 

Además, en unión al “American Board of Internal Medicine”  y sus Boards adjuntos, se ofrecen certificaciones que acreditan programas de Alergia e Inmunología, Medicina Deportiva pediátrica,  Toxicología Médica, Pediatría del desarrollo y comportamiento, así como en Discapacidades del neurodesarrollo.

 

Como es de suponer, dada la gran diversidad de programas y subespecialidades pediátricas que se ofrecen, las condiciones de acceso y duración de la formación son variables. Sin embargo, hay unas condiciones comunes mínimas que incluyen el título de médico y la certificación en Pediatría y un mínimo de dos años.

 

Concretamente, para acceder a la acreditación de Neonatología se precisa, además de cumplir las mencionadas condiciones generales, tres años de formación neonatal reglada. En 1989, se aplicó de dos a tres los años de formación. La razón para incluir este tercer año fue, además de para completar la experiencia en una especialidad con una gran expansión de conocimientos, sino también para poder adquirir unos conocimientos mínimos sobre los principios y bases de investigación.

 

 

UNA VISION PERSONAL DE FUTURO

 

1. ¿Son necesarias las subespecialidades pediátricas?

 

No parece necesario que a estas alturas del siglo XX se deba insistir en la necesidad de crear subespecialidades pediátricas, que por otra parte existen ya de hecho. Sin embargo  se debe reclamar su urgente aprobación y regulación, para poder regular su formación. Como afirma el Prof. Crespo “el reconocimiento oficial no será más que la culminación de una situación con la que llevamos conviviendo varios años...”.

2. ¿Es preciso regular urgentemente la formación pediátrica especializada?

 

La única respuesta posible es que sí. La falta de regulación ha complicado y sigue complicando la formación de especialistas pediátricos. No asegura un estándar mínimo en cuanto a la duración y calidad de la formación recibida. Año tras año, ocupan posiciones de especialistas pediatras, pediatras  que en realidad no lo son; por cuanto han dedicado a la especialidad sólo en un año, el cuarto de su formación Pediátrica. Luego, finalizan su formación trabajando ya como especialistas.  Además, el sistema no garantiza una igualdad de oportunidades para todos los MIR de Pediatría en formación.

 

Además, la actual y absurda separación total de funciones asistenciales entre los llamados pediatras “hospitalarios” y “extrahospitalarios”, el menos en parte, se  genera y se mantiene por la falta de reconocimiento y regulación de las subespecialidades. En realidad, pediatras “extrahospitalarios” no es sino el eufemismo con el que se conocen a los pediatras generalistas. Los llamados pediatras “hospitalarios”, son en realidad los especialistas pediátricos. No se trata en modo alguno de cerrar a los generalistas el acceso al hospital, antes al contrario. De existir una definición legal de las especialidades, se podrían y debería integrar a los generalistas en el cuidado del niño ingresado. Debe recordase que estos son los responsables del cuidado del niño antes y después de su estancia hospitalaria. Quién mejor que el pediatra generalista, el pediatra “real” del niño, para regular la necesidad su acceso a los servicios hospitalarios, de mantener el contacto con este y sus padres durante el ingreso, de facilitar la comunicación del especialista con los padres, así como de llevar a cabo el seguimiento del niño después del alta.

 

3. ¿Qué especialidades pediátricas deben ser aprobadas?

 

No nos corresponde señalar que especialidades pediátricas deben ser reconocidas y cuales no, ni mucho menos fijar con exactitud las condiciones específicas de acceso, duración y contenido de todas ellas. Sin embargo, está claro que no todas las áreas especiales de asistencia pediátricas, que se agrupan en la Secciones/Sociedades de la AEP, tienen los mismos antecedentes, antigüedad, desarrollo ni número de pediatras dedicados a ellas. Por todo ello, no parece lógico que se pase de no tener ninguna subespecialidad a ser el país con más titulaciones. Parece pues deseable que  se adopte una estrategia progresiva y escalonada. Deben valorase diferentes aspectos como su necesidad asistencial real, el volumen de patología que cubren, su nivel de desarrollo y número de pediatras que posiblemente podrían solicitar la acreditación, así como si han sido desarrolladas en los países de nuestro entorno. Además, la falta de conflictos de acceso con otras especialidades médicas es de hecho un factor que ha retrasado el proceso de aprobación de muchas de ellas. En estos casos, debe llegarse a un acuerdo en cuanto a que la Pediatría no sea la única especialidad troncal, sino que se pueda acceder a ellas desde otras especialidades del adulto.

 

En una primera fase, aparentemente ya inminente, se van a aprobar dos subespecialidades pediátricas, la Neonatología y la Psiquiatría Infantil. Los detalles de su regulación parecen claves, por cuanto van a influir en todas las que se aprueben posteriormente. En el siguiente grupo deberían estar al menos la subespecialidades más clásicas Cardiología, Cuidados Intensivos, Endocrinología, Hematología-Oncología, Nefrología, Neumología y Neurología. Seguramente, otras especialidades deberían esperar una tercera fase de aprobación.

 

4. ¿Cuál debe ser la especialidad troncal de acceso?

 

No existen dudas de que la Pediatría es la única especialidad troncal posible para acceder a la subespecialidad de Neonatología. En el caso de otras como la Gastroenterología-Nutrición, Urgencias y Metabolismo, esto parece también obligado. Sin embargo, en la mayoría de las otras el tema puede ser discutible, sí bien parece lógico que además de la Pediatría, sean troncales las correspondientes especialidades del adulto. Finalmente en otras como la Psiquiatría se han expresado criterios en contra del acceso desde la pediatría, que creo no  responden a la realidad.

5. ¿Cómo entroncar las especialidades en la formación Pediatra Generalista?

 

La aprobación de las subespecialidades pediátricas no debe sino ser un apoyo para la formación del pediatra generalista. En modo alguno las subespecialidades deben acotar la labor del generalista, sino por el contrario ampliarlo. Así, en el área neonatal, el pediatra generalista y no el neonatólogo, debería ser responsable de los recién nacidos normales en todas las Unidades perinatales, con independencia del nivel asistencial. El neonatólogo sería responsable de la organización general de los servicios de nivel II y III, así como de las actuaciones urgentes.

 

La formación básica del pediatra generalista podría realizarse en 3 años, si bien el título de Pediatra no se obtendría hasta la finalización del 4º año, fuera cual fuera el esquema de rotaciones elegidas para la realización de este último (Tabla I). Así, el 4º año podría estructurase en cuatro esquemas diferenciados, especialmente diseñados para cubrir los deseos y objetivos del cada MIR, dentro de las necesidades del país, capacidad docente y disponibilidades económicas:

 

   1) Completar la Formación en Pediatría general. La mayoría podrían optar por completar su formación en Pediatría general, con rotaciones obligatorias y/o electivas específicas en varias subespecialidades no-horizontales. Seguramente se debería optar por especialidades que cubran problemas frecuentes, pero que no hayan sido objeto de rotaciones durante los tres primeros años. Así, parecerían adecuadas rotaciones por Cardiología, Gastroenterología, Nefrología Neurología ó Psiquiatría. Este tipo de formación parecería el ideal para aquellos pediatras que desearan ejercer su especialidad en el primer nivel asistencial en Centros de Salud o ejercicio profesional privado. En un cierto numero de casos, el MIR podría optar por completar una formación más académica en este 4º año. Debería planificar, realizar o colaborar muy estrechamente en un proyecto de investigación básico o clínico, previamente aprobado por la Comisión de Docencia.

 

    2) Formación preferente en una especialidad. Un cierto número de MIR de Pediatría podría optar por realizar durante su 4º año de formación, una rotación exclusiva o preferente por una subespecialidad, complementada por rotaciones en otras áreas más afines o complementarias a la principal. Así, podría realizar una rotación preferente en Neumología, completada por rotaciones en Cuidados Intensivos Neonatales o Pediátricos, Alergia o Radiología pediátrica. Este tipo de formación podría ser la adecuada para aquellos pediatras que desearan ejercer su profesión en Servicios de Pediatría, donde es preciso que alguien asuma la asistencia a pacientes con problemas específicos, para ser solucionados a este nivel o remitidos a los correspondientes subespecialistas en los centros de referencia. Esta formación solo daría acceso al título de Pediatría.

 

   3) Formación inicial en una subespecialidad. Un numero limitado de MIR de 4º año, podría optar por realizar en este año su formación en una subespecialidad pediátrica acreditada. Finalizado el año, por una parte tendría acceso al título de Pediatra, y por otra podría completar posteriormente en el año o dos años siguientes su formación especializada que le diera derecho a la titulación en la correspondiente subespecialidad pediátrica.

 

6. ¿Debe haber un período de práctica pediátrica obligatoria antes de acceder a la formación especializada?

 

En ningún caso parece adecuado intercalar de modo obligatorio, uno o más años de separación entre la formación en Pediatría general y la correspondiente a la formación en las subespecialidades. Sin embargo, debería ofrecerse la posibilidad de que durante un cierto numero de años el pediatra pudiera acceder a una formación especializada.


7. ¿Duración de la formación pediátrica especializada?

 

La duración de la formación en todas las subespecialidades pediátricas debería ser de al menos dos años completos. En algunas especialidades, puede ser necesario un tercer año de formación obligatoria (Tablas II y III). En todo caso, podría optarse a un tercer año de especial dedicación a la investigación.

 

8. ¿Qué centros deber ser acreditados?

 

Solo deben ser acreditados aquellas Unidades/Servicios que estén integrados en Centros que dispongan de formación pediátrica general. En ningún caso debe acreditarse centros autónomos que no dispongan de otras subespecialidades pediátricas.

 

9. ¿Qué criterios deben regir la formación asistencial, docente y en investigación?

 

 A continuación se aportan unas muy someras reflexiones en las que basar los programas de formación pediátrica especializada, con especial énfasis en los aspectos de formación de la capacidad investigadora.

 

   1). Criterios asistenciales. La formación en la práctica clínica de la especialidad, debe ir necesariamente acompañada de una formación teórica reglada y programada. Cada subespecialidad especificara el temario del programa docente, sin olvidar señalar el conjunto de habilidades práctica, clínicas, diagnósticas y tecnológicas. Se relacionarán también las actitudes que deben adquirirse durante la formación, en áreas como de tipo ético, organizativo, así como de relación con pacientes, padres y otros profesionales del equipo asistencial.

 

El principio que debe regir este aspecto fundamental de la formación, es asumir de forma progresiva responsabilidades en el proceso diagnóstico y terapéutico en la especialidad de que se trate.  Se señalaran específicamente los módulos obligatorios y los optativos, tanto en la formación teórica como práctica.

 

    2). Criterios docentes. Durante su formación, el MIR debe aprender los principios en los que se enmarca la docencia de temas de la especialidad, en el ámbito de la educación sanitaria de pacientes, padres, maestros ó tutores, según proceda. Además, debe adquirir responsabilidades progresivas en la formación del personal sanitario, MIR de Pediatría y compañeros de formación subespecializada, a niveles inferiores al suyo. Deberá tener la oportunidad y la responsabilidad de preparar sesiones clínicas y bibliográficas. 

 

    3). Criterios de investigación. Durante toda los estadíos de la formación MIR, desde el primer año de formación pediátrica al último de la subespecializada, los profesores y tutores deberían imbuir al pediatra en formación, el interés en la investigación en los diferentes aspectos de la especialidad. La experiencia en investigación es fundamental en la formación MIR. Así, en los EE.UU., para acceder a la evaluación que da derecho al título de subespecialista, actualmente se exige que se presente evidencia documental de que durante su formación a conseguido algún logro significativo de investigación, que incluye uno o más de los siguientes méritos:

Primer firmante de un artículo científico ya publicado o aceptado para su publicación en una revista con revisión por pares.

La Tesis Doctoral.

Presentación de un proyecto de investigación a una agencia de financiación pública o privada, externa al centro de formación.

Presentación de un informe de un proyecto de investigación en el que esté trabajando.

 

Debería programarse para cada MIR en formación un plan de investigación adecuado a sus intereses y posibilidades del centro. Inicialmente, debería recibir instrucciones y formación específica en forma de cursos, seminarios, talleres o sesiones periódicas, encaminados a que conozca con progresiva profundidad el diseño de estudios, la bioestadística y la epidemiología clínica, es decir las bases del método científico. Todo ello en el marco de estimular su capacidad crítica en relación con las terapéuticas aplicadas, a la lectura crítica y sistemática de artículos científicos de la especialidad.

 

Cada MIR debería participar activamente en el diseño, conducción, evaluación y preparación para la publicación de un estudio de investigación de tipo clínico o de laboratorio, con una duración mínima de 6 meses. Deberían también participar en seminarios de investigación en temas relacionados con su especialidad.

 

En concreto, se propone que en la formación en Neonatología  se ofrezca un tercer año optativo en investigación. Este año sería ofrecido en centros docentes con vinculación formal con una Facultad de Medicina y que dispusieran de fuentes de financiación específicas. La solicitud del candidato debería ser aprobada por el Comité de Docencia del centro. El candidato propondría un proyecto concreto capaz de ser realizado en un año, cuya calidad y factibilidad deberían también ser evaluadas. Esta opción, podría ser luego extendida a otras subespecialidades, a medida que estas fueran aprobadas.

 


 

 

TABLA I. Integración de la formación en especialidades en la residencia de Pediatría.

 

 Año                     Tipo de Formación y Objetivos

 

 PG-1    Rotaciones planificas con responsabilidades progresivas          

 

 PG-2                                                                                

 

 PG-3                                                                                

 

 PG-4    Rotaciones electivas diferenciadas para completar la formación como:

                 a) Pediatra generalista

                b) Generalista con especial énfasis en una ACE

                c)  1er. Año de formación en una ACE

  PG: Pediatra Generalista. ACE: Areas de capacitación específicas o subespecialidades.

 

 

 

 

 

TABLA II. Formación en las especialidades con acceso único por Pediatría.

 

 Año                     Tipo de Formación y Objetivos

 

 ACE-1    Rotaciones planificas con responsabilidades progresivas

                (Puede ser realizado en el 4º año de formación de Pediatría -PG-4-)         

 

 ACE-2     Rotaciones planificadas con responsabilidades progresivas  

 

 ACE-3     Formación específica en investigación/formación académica

                 (Año obligatorio para algunas ACE y optativo para otras).

 

  PG: Pediatra Generalista. ACE: Areas de capacitación específicas o subespecialidades.

 

 

 

TABLA III. Esquema de formación en las especialidades pediátricas con varias vías de acceso.

 

 Año                     Tipo de Formación y Objetivos

       Formación en Pediatría o en la otra especialidad con acceso aprobado

           (Rotaciones planificadas con responsabilidades progresivas)

      Formación en Pediatría o en la otra especialidad con acceso aprobado

           (Rotaciones planificadas con responsabilidades progresivas)

       3A: Formación complementaria en Pediatría ó

                  (MIR procedentes de la otra especialidad con acceso regulado)

          3B: Formación en la otra especialidad con acceso aprobado

                  (MIR de Pediatría)

       Formación en la subespecialidad pediátrica elegida

      Formación en la subespecialidad pediátrica elegida/formación académica

 

 

REFERENCIAS

 

   A career in Neonatology. Information for students and teachers.neonatology on the Web. http://www.neonatology.org/career/default.html

   Acreditación en Neonatología. Memoria enviada a la Comisión Nacional de Especialidades Médicas. Sociedad Española de Neonatología, Memoria 1996-97

    American Board of Pediatrics. Certificaction in General Pediatrics, Nov. 1999. file:///C/WIN_95/Escritorio/GenPedshtm.htm

    American Board of Pediatrics. Certificaction in Pediatric Subespecialities, Nov. 1999. file:///C/WIN_95/Escritorio/SubPeds.htm

    American Board of Pediatrics. Eligibility Criteria for Certificaction in Neonatal- Perinatal Medicine. Julio 1999. file:///C/WIN_95/Escritorio/SubPeds.htm

   Ballabriga A. Hacia una nueva Pediatría. Bol Pediatr 1995;36:163-173

   Beaufils F. La enseñanza de las subespecialidades pediátricas. An Esp Pediatr 1997;  S97:10-12

   Clyden GS. Examination in pediatric training Arch Dis Childr 1990;1:100-104

   Conféderation Européenne Spécialistes en Pédiatric (CESP/UEMS). Charter on training of medical specialists in the EU: Requeriments for the speciality paediatrics. UEMS, número 9415,1990

   Comisión de Acreditación de la SEN. Memoria para solicitar la creación de un área de capacitación específica en Neonatología basada en el informe aprobado por el Consejo Nacional de Especialidades Médicas el 30/06/1995. Htp://www.se-neonatal.es/se-neonatal/capacit.htm

   Crespo M. La formación de especialistas en Pediatría. Reflexiones en torno al sistema español. An Esp Pediatr 1997;S97:13-17

   Crespo M. Areas específicas de la Pediatría: Necesidad de su reconocimiento. (¿Solución o problema?). An Esp Pediatr 1998;48:116-121

   Diario Médico 27/3/00. Sanidad incicia por fin los trámites para regular las sub-especialidades.  http://www.diariomedico.com/screamingmedia/ prof270300combis. html

   Doménech E. ¿Es ya la Neonatología una subespecialidad? An Esp Pediatr 1997;47:505

   European Union of Medivcal Specialists (UEMES). Charter on training of medical specialists in the European Community. http//www.uems.be/5charte.htm

   McCrindle BW, Starfield B, DeAngelis C. Subspecialization within paediatric practice. A broader spectrum. Pediatrics 1992;90: 573-581

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